¿Está bien hecho tu nombramiento de representante legal?
Quince puntos para comprobar que el nombramiento de tu sociedad está bien otorgado, inscrito y vigente, antes de que te lo pida un banco, el Registro Mercantil o una contraparte.
Recibir la guía GratisNombramiento de representante legal
- 01Lo nombró el órgano que indica la escritura social (asamblea general o consejo de administración), no otro.
- 02La asamblea fue válida: convocatoria o carácter totalitario, quórum y mayoría conforme a la escritura y al Código de Comercio.
- 03El acuerdo consta en el libro de actas autorizado y lo firmaron quienes deben firmarlo.
Y 12 puntos más en la guía completa.
Por qué revisarlo
El representante legal firma contratos, abre cuentas y actúa ante la SAT y otras entidades en nombre de la sociedad. Si el nombramiento venció, lo otorgó un órgano distinto del que indica la escritura social o no está inscrito, esas actuaciones pueden ser cuestionadas.
La mayoría de estos problemas se detecta revisando documentos que la empresa ya tiene. La guía te dice cuáles revisar y en qué orden.
Qué incluye
- 15 puntos de revisión, ordenados en cuatro etapas: quién nombra, qué documento se otorga, qué se inscribe y hasta cuándo vale el cargo.
- Los puntos que suelen fallar, como nombrar un cargo con una denominación distinta a la que prevé la escritura social.
- Qué hacer si marcas algún “no”, y con cuánta anticipación iniciar la renovación del nombramiento.
- Formato PDF imprimible, para marcar cada punto a mano.
Para quién es
- Gerentes, administradores y representantes legales que firman por la sociedad.
- Abogados y notarios que preparan o revisan nombramientos.
- Emprendedores que acaban de constituir su sociedad.
Si un punto no se cumple
Revisamos tu nombramiento y te decimos qué corregir, en qué orden y con qué honorario fijo, antes de empezar.
Solicitar revisiónLos materiales de la Biblioteca son informativos y de carácter general. No constituyen asesoría legal para un caso concreto ni crean una relación abogado-cliente. Para evaluar tu situación particular, consulta con un abogado.